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·published 2007-12-03 13:42 UTC
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Viene la Reforma a la Ley contra Ilícitos Cambiarios

La divulgación de información escrita, audiovisual o a través de páginas de Internet del dólar paralelo, estará totalmente prohibida en la ley que rige el mercado cambiario.

Quien incumpla esta disposición será multado con 1.000 unidades tributarias (37,6 millones de bolívares) y si es reincidente con 3.000 UT (112,8 millones de bolívares).

La diputada Hiroshima Bravo, miembro de la subcomisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, que lleva adelante la Reforma de la Ley de Ilícitos Cambiarios, explicó que sí estará permitida la información del llamado dólar implícito, el cual resulta de la divisa que el Gobierno establece en las emisiones de deuda interna. "Hemos acordado redactar un artículo en el cual se prohíba, de manera más explícita, la información por cualquier medio de un dólar distinto al oficial o permitido", dijo. Destacó que esta norma legal contará con 6 artículos nuevos, y alrededor de 14 serán modificados.

"Todavía nos faltan algunos detalles, pero esperamos llevar la reforma a segunda discusión en plenaria de la AN, durante la primera semana de diciembre".

Entre el articulado nuevo de la Ley de Ilícitos Cambiarios, se establece la obligación para los comercios de colocar un anuncio o aviso que señale que sus productos fueron adquiridos con dólar oficial otorgado por CADIVI, "de manera de evitar especulación y el aumento de los precios", expresó Bravo.

El Indecu será el organismo encargado de velar por que se cumpla esta disposición.

Fuente: Reporte diario de la economía.

Sección: Economía.

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