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·published 2007-11-12 14:32 UTC
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Banca Nacional tiene 10 días para aplicar cambios al sistema de tarjetas de crédito
En Gaceta Oficial, Resolución Nro. 228 de SUDEBAN, que ordena a la banca realizar los ajustes al sistema de Tarjetas de Crédito, ordenados por el TSJ en sentencia que declaró con lugar la demanda de ANAUCO SUDEBAN publicó en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 38.800, circulada con fecha 31 de octubre de 2007, la Resolución 228, a partir de la cual el Sistema Bancario Nacional tendrá que aplicar a favor de los usuarios de Tarjetas de Crédito, los ajustes y beneficios acordados el pasado 10 de julio de 2007, mediante la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró con lugar la demanda interpuesta por la Alianza Nacional de Usuarios y Consumidores (ANAUCO), en defensa de todos los tarjetahabientes de Venezuela.
La publicación obedece al mandato del TSJ quien instruyó a SUDEBAN a emitir la normativa correspondiente, a partir de la cual, el Sistema Bancario Nacional debe realizar los ajustes necesarios para dar fiel cumplimiento a la referida sentencia.
La Resolución concede el plazo de 10 días hábiles contados desde de la publicación en Gaceta Oficial (31.10.2007), para que la banca informe a SUDEBAN sobre las medidas tomadas para dar cumplimiento a la sentencia en los siguientes aspectos:
Queda prohibido el cobro de intereses sobre intereses mediante la aplicación de fórmulas de cálculo anatocistas. 
Se ordena a los comercios afiliados al Sistema de Tarjetas de Crédito a no constreñir a los usuarios a pagar con Tarjetas de Crédito si el cliente desea usar otro medio de pago.
Queda prohibido el cobro a los usuarios por gastos de cobranza, por renovación o mantenimiento de tarjetas o por emisión de estados de cuenta.
Se prohíben los sistemas de cobranza que constituyan presión o amenaza a los usuarios.
Se ordena remitir a los usuarios en forma gratuita y con total puntualidad los estados de cuenta correspondientes a sus Tarjetas de Crédito.
Se ordena mantener a la vista del usuario los contratos de adhesión que rigen las obligaciones entre las partes banco – cliente.
Se invierte la carga de la prueba en el fraude bancario, ningún usuario deberá cancelar consumos que no haya realizado (producto del fraude) salvo que se pruebe su culpabilidad en el hecho.
Por último en la Resolución se notifica que SUDEBAN emitirá una Normativa Prudencial aparte donde:
Unificará las fórmulas y metodologías usadas por las Instituciones Financieras para el cálculo de las Tarjetas de Crédito.
Establecerá los aspectos mínimos que deben contener los contratos de adhesión para la especie Tarjetas de Crédito.
Por su parte la ANAUCO declara estar conforme con la Resolución emitida por SUDEBAN - “se ha volteado el reloj de arena, ahora los usuarios comenzarán a percibir el efecto de la sentencia que hemos conseguido”, en ANAUCO velaremos por el fiel cumplimiento del mandato del TSJ y de la Normativa que a tal efecto está dictando el órgano supervisor.
Por otra parte ANAUCO continúa procesando mediante su plataforma tecnológica las denuncias y requerimientos de los usuarios, especialmente el estudio de sus créditos a fin de determinar si se les han cobrado intereses sobre intereses, en cuyo caso procederá la inmediata devolución de las cantidades indebidamente cobradas.
Fuente: Reporte Diario de la economía.
Sección: Economía.
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