Prohíben a inspectorías autorizar más horas extras a las permitidas
Hasta la semana pasada a una empresa le bastaba con acudir a la Inspectoría del Trabajo para lograr que un empleado laborara más de las 100 horas extras anuales que permite la legislación vigente, pero desde ayer el panorama cambió.
De acuerdo con una resolución que apareció publicada en la Gaceta Oficial número 38.788, "las inspectorías no podrán autorizar horas de sobretiempo o extraordinarias más allá de los límites establecidos, sin la previa autorización del ministro del Poder Popular del Trabajo y Seguridad Social".
La resolución ministerial se debe a que algunas empresas del sector construcción han excedido el límite de sobretiempo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), según el cual los obreros y empleados no pueden trabajar más de 10 horas extraordinarias a la semana y un máximo de 100 horas extraordinarias al año.
Sanciones a infractores
Aquellas empresas que incumplan esta disposición serán sancionadas de acuerdo con lo que dicta el artículo 629 de la LOT, el cual impone una multa que oscila entre 25 y 100% de un salario mínimo, es decir, entre 153.697,50 y 614.790 bolívares.
Pero también la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) resalta que cuando el patrono infrinja normativas relacionadas con la duración máxima de la jornada de trabajo, tanto diurno como nocturno, deberá cancelar una sanción administrativa que variará entre 76 y 100 unidades tributarias.
Esto se traduce en una multa de 2.860.032 a 3.763.200 bolívares que deberá asumir el empleador por cada trabajador que resulte expuesto al exceso de horas extras de labor.
Poco efecto
Analistas laborales consultados indicaron que son pocos los patronos que actualmente acceden a las inspectorías del Trabajo para solicitar la autorización de las horas extraordinarias, por lo que consideraron que la resolución del despacho laboral tendrá un efecto bastante reducido sobre la masa laboral.
Actualmente el Gobierno nacional prepara una reducción de la jornada de trabajo, que viene de la mano de la reforma a la Constitución nacional, según la cual el tiempo máximo de labores será de seis horas diarias y 36 horas semanales.
Ante la menor exposición al peligro y a las enfermedades ocupacionales que tendrán los trabajadores con el recorte de la jornada laboral previsto, desde el Ejecutivo se asoma la posibilidad de incrementar el tope de horas extraordinarias.
Fuente: Diario El Universal.
Sección: Laboral.
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