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·published 2007-10-15 14:07 UTC
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Hoy entran en vigencia impuestos sobre cigarrillos y bebidas alcohólicas
Consumidores han pagado 30,6% más por bebidas alcohólicas y cigarrillos. Alcaldías deberán contar con la autorización de los Consejos Comunales para expender licencia de licores. Con estas reformas el Ejecutivo obtendrá cerca de Bs. 500 millardos. 
Desde hoy entra en vigencia la medida tributaria establecida por el Gobierno nacional, de aumentar los impuestos que se pechan a los cigarrillos y a las bebidas alcohólicas.
El superintendente nacional aduanero y tributario, José Vielma Mora, el pasado lunes, manifestó acerca de las reformas a las leyes de impuestos a las bebidas y especies alcohólicas y a los cigarrillos. 
“El Ejecutivo está buscando fortalecer y crear precedentes, creando leyes extra fiscales que permitan disminuir el consumo de estos rubros”, puntualizó.
Tomando cifras emitidas por el Banco Central de Venezuela (BCV), los últimos doce meses los consumidores han pagado 30,6% más por bebidas alcohólicas y cigarrillos. La inflación para este sector, en septiembre, fue de 1,7%, pero en agosto llegó a 4,5%, estos rubros son unos de los más costosos del área denominada “de lujo”. 
El artículo 11 establece de la Ley modificada establece que, desde ahora, la tasa tributaria sobre el alcohol etílico de producción nacional sea de 0,0009 unidades tributarias. 
Asimismo, el impuesto que reposará sobre las especies alcohólicas nacionales, obtenidas por destilación, a partir de hot será de 0,0135 unidades tributarias (Bs. 508,73). 
La alícuota de las bebidas obtenidas de forma artesanal será de 0,0054 (Bs. 203,31).
Igualmente, a la cerveza nacional se le aplicará una tasa de 0,0006 unidades tributaria por litro. El aumento es de 22,58 bolívares por litro.
En lo que se refiere al Brandy, el Coñac, Whisky, Ginebra el impuesto estará en el orden de 0,102 UT, es decir, Bs. 3.878.
Cigarrillos
El Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco, por su parte, modifica los artículos 1, 2, 3, 4, al tiempo que fija en 70% la alícuota del impuesto que hasta ayer se encontraba en un 50%.
El artículo cuatro expresa que no se gravará este porcentaje a aquellas cargas de cigarrillos nacionales que se orienten a la exportación.
Vielma Mora subrayó que “los cigarrillos y demás especies gravadas, importadas o de producción nacional, destinadas a la zonas francas, puertos libres y otros territorios sujetos aun régimen aduanero especial, no estarán sujetas al pago del impuesto.
Disposiciones
Las nuevas disposiciones impositivas establecen que al ministerio del Poder Popular se le otorgan atribuciones para dictar lineamientos generales en materia de otorgamiento de licencias para el expendio de licores por las alcaldías. 
A la hora de entregar tal permiso, las Alcaldías deberán contar con la previa opinión favorable y vinculante del respectivo Consejo Comunal.
Durante la semana pasada gremios como Fedecámaras y algunos analistas económicos realizaron críticas a la acción gubernamental, al tiempo que afirmaron que la nueva cuota impositiva no era necesaria, ya que el país vive un buen momento económico.
Fuente: Diario El Panorama.
Secció: Tributación.
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